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COMUNICADO DE PRENSA
DE LA PROCURADURÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
Enero 7, 1994


México, D.F., enero 7 de 1994

En relación a las versiones que se han difundido en algunos medios de comunicación, respecto a la posibilidad de que varias de las personas que han fallecido en el conflicto que tiene lugar en el Estado de Chiapas, fueron ejecutadas y que recibieron un "tiro de gracia", la Procuraduría General de la República abrió una investigación previa y sobre el desarrollo de la misma informa:

1.- La Procuraduría envió al Estado de Chiapas un equipo integrado por 30 peritos, especializados en las ramas de medicina forense, balística, criminalística, química y dactiloscopia, a fin de practicar los exámenes y estudios que resulten necesarios para las investigaciones sobre la comisión de ilícitos.

2.- Como parte de estos estudios, el día de ayer se practicaron las necropsias y exámenes de criminalística sobre 30 cadáveres que fueron encontrados en Ocosingo, Chiapas, y trasladados un día antes por elementos de la PGR a la ciudad de Tuxtla Gutiérrez.

3.- De estos cadáveres, 26 no presentaron indicio alguno de haber recibido un disparo con las características del llamado "tiro de gracia", por lo que se descarta esa posibilidad en lo que a ellos se refiere.

4.- En los cuatro cadáveres restantes, que presentaban un disparo en el cráneo, los estudios y dictámenes periciales practicados indican lo siguiente:

a) Uno de los cadáveres tenía un tiempo aproximado de muerte de 48 a 72 horas; otro de 24 a 36 horas; uno más de 72 horas y un último de 36 horas, por lo que queda claro que el momento del fallecimiento se dio en días y horas diferentes.

b) Por las características de los orificios de entrada, los disparos sobre el cráneo fueron hechos a corta distancia.

c) Por las dimensiones de los mismos orificios, en dos de los cadáveres se descarta la posibilidad de que hayan sido producidos por un proyectil de alto poder (los disparos fueron hechos con proyectiles de calibre 38 o inferior), es decir, se emplearon calibres inferiores a los reservados y a los que emplean las Fuerzas Armadas.

d) En un tercer cadáver, las características de las lesiones que presentaba permiten inferir que éstas fueron producidas por un arma de alto poder, como por ejemplo el calibre .762 milímetros o superior.

e) En un cuarto cadáver, la presencia de esquirlas metálicas permite inferir que el disparo que presentaba en el cráneo fue producido por un arma de proyectiles múltiples, como pudiese ser una escopeta. Arma y proyectiles que no son utilizados por el Ejército Mexicano.

5.- De acuerdo a lo anterior, en tres de los casos se descarta la posibilidad de que los disparos hayan provenido de algún elemento del Ejército mexicano, toda vez que éste no utiliza el tipo de armamento que se empleó para hacerlos.

6.- En el caso del disparo producido por arma de fuego de alto poder, no es posible precisar, hasta el momento, de quién provino, toda vez que también el grupo armado y violento ha venido utilizando esa clase de armamento.

7.- La investigación continúa para poder determinar a los presuntos responsables.

8.- La PGR ha ordenado la exhumación de los cadáveres del ex-Comandante y dos agentes de la Policía Municipal de Ocosingo en virtud de que tiene informes de que recibieron el llamado "tiro de gracia". Al concluirse dicho peritaje se informará a la opinión pública.

La Procuraduría General de la República, en su esfera de competencia, continuará actuando en todo momento en el conflicto suscitado en el Estado de Chiapas, con estricto apego a la ley, y está atenta a la plena observancia del marco jurídico que rige nuestro Estado de Derecho y al respeto a los Derechos Humanos.

 

 

Procuraduría General de la República
Boletín de Prensa No. 009/94
México, D.F., enero 7 de 1994
 


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