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En relación a la supuesta
"violación de 3 mujeres indígenas del Ejido
Morelia por parte de 30 soldados", la Secretaría
de la Defensa Nacional informa lo siguiente:
No obstante que inicialmente
no existía acusación formal ante autoridad competente,
por procedimiento esta Secretaría ordenó una exhaustiva
investigación del caso a la "Oficina de Quejas y
Atención a la Ciudadanía", establecida en
San Cristóbal de las Casas, Chis., habiéndose concluido
que tal imputación es totalmente falsa, en atención
a lo siguiente:
1.- El único incidente
relacionado con mujeres indígenas en Altamirano, Chis.,
es el que se refiere a cuatro mujeres que se negaron a ser identificadas
y a permitir la revisión rutinaria de sus bolsas y bultos,
el día 4 de junio de 1994, en el puesto de revisión
establecido en la salida norte de esa localidad, sobre el camino
que conduce al poblado Jalisco.
2.- En repetidos intentos, las
mencionadas mujeres trataron de evadir el puesto de control adoptando
una actitud sospechosa, por lo que fueron interceptadas, respondiendo
con agresión física y verbal contra el personal
militar.
3.- Ante la actitud descrita,
se optó por invitar a los señores Vicente López
Luna y Pedro Santiz Espinoza, vecinos del lugar, a efecto de
atestiguar los hechos, ante quienes manifestaron que solamente
se dirigían a visitar a una monja amiga suya del "Hospital
San Carlos" y por eso no aceptaban la revisión.
4.- El incidente concluyó
al permitirles el paso, no antes de haberles explicado el objeto
de la revisión y de ser exhortadas a que en lo sucesivo
evitaran los insultos al personal militar; ya que en caso de
reincidir se procedería legalmente.
5.- Finalmente, fueron conducidas
hasta el límite del puesto de control, aclarando que las
supuestamente agraviadas siguen pasando por el puesto de control
sin que se haya vuelto a presentar incidente alguno.
6.- El Jefe de la Oficina de
Quejas y Atención a la Ciudadanía, en compañía
del agente del Ministerio Público Militar adscrito a la
guarnición de la plaza, entrevistaron al Sr. Pedro Santiz
Espinoza, testigo presencial, quien manifestó no haber
escuchado, ni presenciado actos de violencia contra las mencionadas
mujeres, desde que fueron interceptadas hasta que se retiraron.
7.- Asimismo, fueron consultados
diversos vecinos y autoridades de la localidad, cuyas opiniones
coinciden en avalar la conducta de los soldados con la población
civil y agregan que un delito de esa índole, hubiera sido
del conocimiento de toda la población y consecuentemente
de las autoridades.
8.- Por todo lo anterior, se
deduce que no hubo maltrato, golpes, ni violación por
parte de personal militar en ningún puesto de control
establecido en la zona del conflicto.
Refuerza esta conclusión
la declaración de los ejidatarios, pequeños propietarios,
comerciantes, productores avícolas, obreros y pueblo en
general del municipio de Altamirano, que en carta fechada el
pasado ___ de junio y dirigida al Sr. Presidente de la República,
así como a la opinión pública, "repudian
con todo coraje las dolosas e infundadas versiones que calumnian
al Ejército Mexicano".
En base a lo anterior, la Secretaría
de la Defensa Nacional rechaza enérgicamente las falsas
imputaciones hechas a personal militar, reservándose el
derecho de proceder legalmente en contra de las personas o entidades
que difamen a nuestra institución.
Secretaría de la Defensa
Nacional
Boletín de Prensa número 38
2 de julio de 1994
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